
Un poco de historia: sobre el título de Villa de Miajadas
Por Eduardo Moreno García, profesor del Ámbito Social.
Son varias las publicaciones que, al referirse a Miajadas, suelen aludir al momento en el que Miajadas dejó de tener el estatus jurídico de “Lugar” para adquirir el nuevo título de “Villa”, independizándose así de Medellín. Esto significaba que Miajadas dejaba de estar sujeta a las autoridades de Medellín y tenía autonomía jurisdiccional para nombrar a sus alcaldes, justicias y demás cargos de gobierno municipal.
Por lo general, la mayoría de los autores comete el mismo error al indicar la fecha en la que se produjo la concesión del villazgo. Casi todos establecen el día 23 de diciembre de 1656 como el momento en el que el rey Felipe IV otorgó el título de Villa en reconocimiento de la ayuda prestada por el pueblo de Miajadas durante las guerras habidas en su reinado.
Sin embargo, esta información es errónea y deriva de una lectura errada del Real Privilegio de concesión del título de Villa o de la consulta sin contrastar de fuentes bibliográficas donde tal información está presente.
La verdad es distinta. Miajadas obtuvo su condición de Villa el día 28 de enero de 1734 y fue concedida por el monarca Felipe V, el primer rey español perteneciente a la Dinastía de los Borbón. Analicemos las fuentes para probar lo que decimos.
En el Real Privilegio se dice:
“Por cuanto por una de las condiciones de los servicios de millones que corren, quedó reservado que el señor Rey don Felipe IV (que Santa gloria haya) se pudiese valer de dos millones de ducados por una vez en venta de oficios y otras gracias a su disposición.”
Es cierto que se alude al rey Felipe IV, el cual puso en venta cargos públicos al mejor postor con el objetivo de recaudar dinero con el que sufragar los gastos de la Corte y sus políticas. Pero hemos de tener en cuenta un detalle que parece haber sido pasado por alto, la aclaración que se indica entre paréntesis: “(que Santa gloria haya)”; es decir, que en el momento de la concesión del villazgo, Felipe IV ya había fallecido.
Prosigue la exposición del privilegio real indicando la injerencia de los alcaldes ordinarios de Medellín y del propio conde en determinados asuntos que afectaban a Miajadas a pesar de que, por voluntad de la Corona, no les competía. Tal actitud, por parte de las autoridades metellinenses, generaba continuos pleitos y perjuicios a los miajadeños.
Asimismo, hace referencia a la ayuda prestada por los vecinos de Miajadas “en alojamientos de tropas y cuarteles, y tránsito, transporte de víveres, artillería, municiones y otras cosas como en contribuciones de dinero, grano, pajas y forrajes que habéis suministrado durante la guerra pasada.”
Muchos autores afirman que dicha guerra fue la producida durante la rebelión del reino de Portugal (1640-1659), cuyo resultado fue el reconocimiento de la independencia portuguesa por el Tratado de Lisboa de 1668. Pero, de nuevo, es un error. La guerra mencionada en el real privilegio de villazgo es la que se desarrolló entre 1701 y 1714, conocida como Guerra de Sucesión española. En esta guerra se enfrentaron los partidarios del rey Felipe V de Borbón y los defensores del archiduque Carlos de Austria, quien también reclamaba el trono por tener también derecho de sangre.
Fue Felipe V, vencedor de aquella guerra, quien concedió el título de Villa a Miajadas. No sólo por haber recibido ayuda durante aquel conflicto, sino porque los miajadeños ofrecían 3.000 ducados de vellón al contado además de haber pagado 28.125 maravedíes de vellón en concepto de medianuta y otros 84.375 ducados de vellón correspondientes a tres quindenios. Este hecho tuvo lugar en el Palacio de El Pardo, el 28 de enero de 1734, fecha en que se data el Real Privilegio de Villazgo.
Otra prueba de que el título de Villa fue otorgado por Felipe V es que, tras manifestar: “y quiero que podáis poner, y pongáis orca, picota y cuchillo y las otras insignias de jurisdicción que se han acostumbrado poner por lo pagado y se acostumbra por lo referente en las otras villas que tienen y usan de jurisdicción civil y criminal, alta y baja, mero y mixto imperio en la dicha primera instancia…”; el rey indica: “Y encargo al Serenísimo Príncipe Don Fernando mi muy caro y muy amado hijo (…) que os guarden y cumplan y hagan guardar y cumplir esta mi carta de exempción y lo en ella contenido.”
Sabemos que Felipe IV no tuvo ningún hijo llamado Fernando, mientras que Felipe V fue sucedido en el trono de España por su hijo Fernando VI (1746-1759).
Aunque el exhaustivo análisis documental del Real Privilegio no genera ningún tipo de duda, la labor de investigación histórica exige contrastar la información de una fuente de por sí fiable con otras fuentes. Para ello hemos utilizado los registros de la Parroquia de Santiago Apóstol, sirviendo como ejemplo los libros de matrimonio.
Cualquier registro que se consulte antes y después de la fecha erróneamente establecida para la concesión del villazgo a Miajadas (23 de diciembre de 1656) niega que esto fuera cierto y confirma que la localidad seguían ostentando el estatus de “Lugar”:
En cambio, los registros matrimoniales corroboran que la verdadera fecha en que Miajadas fue nombrada Villa fue el 28 de enero de 1734. Así, según una partida matrimonial datada el 20 de enero de 1734 indica: “En la Yglesia Parrochial de Señor Santiago deste lugar de Meaxadas…”
En tanto que en la partida siguiente, fechada el 28 de febrero de 1734 se dice: “En la Yglesia Parrochial de Señor Santiago desta Villa de Meaxadas…”
Por lo tanto, podemos afirmar rotundamente que Miajadas obtuvo su propia jurisdicción como ente municipal independiente de Medellín el día 28 de enero de 1734, si bien permaneció adscrita a la Comunidad de Villa y Tierra metellinense hasta 1833, momento en el que desapareció la antigua provincia de Extremadura y surgieron las actuales entidades provinciales de Cáceres y Badajoz. Miajadas quedó adscrita a la provincia cacereña en tanto que el resto de poblaciones del Condado de Medellín fueron integradas en la provincia pacense.